Comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

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5. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional duodécima, apartado 1, de la LOE y en el artículo 17 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, el sistema de ingreso será el de concurso-oposición. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.

5.1. Fase de oposición

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.

Los temarios sobre los que versará la fase de oposición para las especialidades de Educación Infantil, Educación Física, Música, Idioma Extranjero: Inglés, Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje son los temarios vigentes establecidos en el anexo I (parte A) de la Orden de 09/09/1993 (Boletín Oficial del Estado nº 226, de 21 de septiembre).

Para la especialidad de Educación Primaria el temario será el establecido por la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE nº 64, de 15 de marzo).

Por otro lado, el currículo aplicable es el oficial vigente para el curso 2018/2019.

Los aspirantes de la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, deberán realizar todas las pruebas que integren la fase de oposición en este idioma.

En aquellas pruebas escritas en las que no se requiera la exposición oral por el candidato o lectura ante el tribunal, deberá garantizarse el anonimato de los aspirantes.

Según dispone el artículo 20.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a 5 puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.

Conforme a lo establecido en los artículos 18.3 y 21 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la fase de oposición constará de dos pruebas que se ajustarán a lo que se indica a continuación, y que se realizarán en el orden en el que aparecen reguladas en la presente convocatoria:

  1. Primera prueba

Esta prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

  • Parte A: Desarrollo de un tema

Desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre tres temas extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad. La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

  • Parte B: Prueba práctica

Consistirá en una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte. La duración y características de esta prueba práctica se ajustarán a lo dispuesto en el anexo III de esta convocatoria. La calificación de la parte B de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.

Calificación total de la primera prueba

Esta primera prueba se valorará de cero a diez puntos, siendo el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B) ponderadas del siguiente modo:

Parte A: La calificación ponderada se calcula multiplicando por 0,4 la calificación obtenida en esta parte.

Parte B: La calificación ponderada se calcula multiplicando por 0,6 la calificación obtenida en esta parte. Para la superación de la primera prueba en su conjunto, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo ésta el resultado de sumar las puntuaciones ponderadas correspondientes a las dos partes de las que consta.

2) Segunda prueba

2) 1. Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica:

A) Presentación de una programación didáctica.

La programación didáctica será entregada por los aspirantes que superen la primera prueba de la fase de oposición al tribunal que les corresponda (al que están asignados como opositores), el mismo día en que sean citados para su defensa por dicho tribunal.

La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal y hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, y en la que se especificarán los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

Los contenidos de la programación didáctica se ajustarán a lo establecido en el anexo III de esta convocatoria.

La programación, que tendrá carácter personal, será elaborada individualmente por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 folios (incluidos, en su caso, anexos y cualesquiera otros contenidos como índices, etc.), en tamaño “DIN-A4”, por una sola cara. Se empleará una letra del tipo “Arial” de 12 puntos sin comprimir, a espacio sencillo.

La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante, el proceso selectivo (concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros 2019, turno libre) y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 folios.

Las unidades que compongan la programación deberán ir debidamente numeradas en un índice y serán al menos 12, salvo en la especialidad de Música en la que serán al menos 8 y en las especialidades de Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica en las que serán al menos 10.

B) Preparación y exposición de una unidad didáctica.

La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica, podrá estar relacionada con la programación didáctica presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.

En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo. La exposición de la unidad didáctica ante el tribunal tendrá carácter público, y para ella el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guion que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de aquélla.

2) 2. El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica y la exposición de la unidad didáctica. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica. Durante el desarrollo de la defensa y exposición, el tribunal podrá plantear al aspirante las cuestiones que estime oportunas en relación con el contenido de aquéllas.

2) 3. Calificación de la segunda prueba

Esta segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante para su superación una puntuación igual o superior a cinco puntos.

5.2. Fase de concurso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la valoración de méritos se realizará conforme al baremo que como anexo II se acompaña a la presente convocatoria, teniendo presente que, según establece el propio artículo 23 mencionado, en todo caso el baremo de la convocatoria debe respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el anexo I del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero.

La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

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